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martes, mayo 29, 2007

Obligarán a empresas de telefonía móvil a devolver saldos no consumidos en sistema prepago


La regulación será expedida a más tardar en julio y también ordenará compensar en minutos o en dinero las fallas en el servicio, cuando la causa del daño se origine en la empresa responsable.

Las anteriores medidas serán adoptadas por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT) como respuesta al creciente número de quejas de los usuarios de esta clase de servicios, y previa consulta con las empresas del sector.

Se calcula que en Colombia el 82 por ciento de los usuarios del servicio de llamadas de teléfonos móviles utiliza el sistema prepago.

El tema de los saldos se volverá obligatorio para evitar que los usuarios pierdan el valor de esos minutos que no consumieron, y serán abonados en el momento de hacer la siguiente recarga.

En cuanto al sistema de compensaciones, éste será similar al que se utiliza en energía eléctrica, el cual establece unos límites máximos de interrupciones en la prestación del servicio. Si las empresas se pasan de esos límites deben compensar vía factura en los meses siguientes.

La CRT también prepara una tercera resolución en la que se fijan las condiciones de calidad para el servicio de Internet.

Se establecen parámetros de calidad referidos a velocidades de navegación contratadas, se regula la velocidad considerada como banda ancha, la seguridad de la red y la obligatoriedad de establecer indicadores de calidad, entre otros aspectos.

Hasta el próximo 6 de junio los interesados podrán hacer sugerencias a la comisión a través de su página web, luego de lo cual se procederá a la expedición definitiva de las normas correspondientes.

Ya era hora que el gobierno regule estos temas, en los cuales los proveedores de servicios hacian lo que les convenga a expensas de los clientes.

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